¿No te pasa que los abogados con los que hablas parece que hablen en otro idioma? Usan tecnicismos confusos que solo entienden ellos, y en lugar de ayudarte y explicarte todo claro, solo consiguen parecer poco transparentes.
Pues en Quita Deudas somos diferentes, y queremos resolver todas tus dudas y que entiendas a la perfección todo el procedimiento del Concurso de Acreedores.
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En Quita Deudas, ayudarte es lo que nos mueve.
Por eso, te hemos preparado varias preguntas y respuestas que frecuentemente nos han hecho las miles de personas que acuden a nosotros y los clientes satisfechos que hoy viven felices y sin deudas a lo largo de toda nuestra amplia experiencia.
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Por norma general, cuando finaliza un concurso de acreedores, a la persona jurídica, es decir, el deudor, se deberá eliminar su inscripción en los registros públicos, mientras que la deuda contraída que no ha podido asumir quedará cancelada.
El concurso de acreedores se inicia con el auto de admisión y concluye de una de las siguientes formas:
Una vez finalizado el Procedimiento Concursal por liquidación, se llevará a cabo la disolución y extinción de la entidad jurídica, y se cerrará su inscripción en el Registro Mercantil.
Por otra, parte, si el procedimiento no finaliza por liquidación, la empresa podrá continuar su actividad.
En un concurso de acreedores hay cuatro fases principales:
Esta es la fase en la que se presenta la solicitud del concurso de acreedores con la documentación pertinente en cada caso.
Comienza una vez el juez ha declarado el concurso de acreedores.
En esta fase, el deudor tendrá que colaborar (independientemente de si ha solicitado o no el concurso) y verá limitado el acceso a su patrimonio.
Se puede dar por dos vías: el convenio o la liquidación.
Dependiendo de cómo se haya producido el concurso de acreedores, este se califica de fortuito, doloso o culpable.
Según recoge la Ley Concursal, los pagos se aglutinan en tres bloques: