El Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI)

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El Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI)

Aunque existen personas que deliberadamente evaden sus deudas, los conocidos morosos, no todo el tiempo la situación se debe a no querer pagar. Existen personas que en realidad se encuentran en una situación difícil o improvista, que les impiden hacerse cargo de esos préstamos sin importar cuánto lo quieran. Por suerte, ha surgido una solución legal para este dilema. Se trata de una reciente novedad de la Ley de Segunda Oportunidad o también BEPI.

El BEPI, o Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, se trata de una nueva sección que permite al deudor insolvente deshacerse de todas sus deudas que no pueda pagar. Por supuesto, esto es bajo la condición de que el individuo genuinamente no pueda hacerse cargo del monto, y además no es aplicable para empresas. Si te encuentras en una situación difícil con tus deudas, aquí te explicamos cómo funciona este nuevo artículo y sobre si puedes aplicarlo en tu caso.

 

¿Qué es el BEPI y la Ley de Segunda Oportunidad?

Para aclarar algunas confusiones y contradicciones que están presentes en dicha redacción, aquí te daremos un resumen mucho más fácil de entender y directo. En primer lugar, aunque no es necesario pasar por este proceso para recibir una exoneración, se aplica un Acuerdo Extrajudicial de Pagos. Se trata de un sistema aplicado por la Ley de Segunda Oportunidad, que te ofrece la posibilidad de renegociar las deudas de un individuo.

El objetivo de dicha negociación, también llamada AEP, es aplazar las deudas del individuo o reducirlas para que están Sean accesibles de pagar. Sin embargo, existen casos en que esta negociación no tiene éxito, y el deudo queda en un limbo del que no puede salir. Es aquí cuando el BEPI entra en acción. Si se contaba con un mediador concursal durante la negociación, este se encargará de registrar el concurso, aunque este paso no es absolutamente necesario.

En este caso, siguiendo lo establecido por el BEPI, la sede judicial acordará que aquellas deudas que no puedes pagar, y solo esas, serán perdonadas. El plazo y forma en que esto se lleva a cabo va a depender de varios factores. Sin embargo, estos pueden darse de dos formas. La primera es una exoneración definitiva y que se realiza de forma inmediata.  La otra es modalidad a un plan de pagos, lo que le brinda al deudor más tiempo y flexibilidad para saldar la deuda.

 

¿Cuáles son los requisitos para poder acogerse al BEPI?

El primer requisito del BEPI, como se establece en el artículo 178 bis, es que el individuo sea una persona natural. Esto incluye a todo tipo de particulares y autónomos. En cambio, sí se trata de una empresa o persona jurídica, no se podrá hacer uso de este artículo. Adicionalmente, el requisito más importante es que el incidido debe ser un deudor de buena fe. Es decir, que no se le haya declarado culpable en un concurso, y también si no tiene una culpa grave.

Los otros dos requisitos son más exigentes. Se requiere que el deudor no tenga un registro de delitos y condenas relacionados con temas socioeconómicos, patrimoniales y laborales. Por otro lado, esto solo se para los últimos 10 años. Cualquiera infracción realizada antes de este tiempo, no es tomado en cuenta. El último requisito es el proceso anteriormente, el Acuerdo Judicial de Pagos. Se debe celebrar para poder atenerse al BEPI, aunque en ciertos casos no es necesario.

 

Requisitos de la modalidad provisional y definitivo

Anteriormente mencionamos dos modalidades en las cuales se puede aplicar el BEPI. Los requisitos para el BEPI el provisional consisten en que el deudor acepte someterse a un plan de pagos. Y que no haya obtenido dicho beneficio en los últimos 10 años. Además, no debe haber rechazado una oferta de empleo en los últimos 4 años y de estar de acuerdo con que su obtención del BEPI aparezca en el Registro Público Concursal.

En el caso del BEPI definitivo, los requisitos son un poco más estrictos pero accesibles. Estos solo requieren que todos los créditos contra la masa del deudor y los créditos concursales privilegiados estén satisfechos. Además, si no se ha realizado el AEP, también se incluye una fracción de los créditos concursales ordinarios. En este punto debemos destacar que el BEPI puede ser revocado si en un periodo de 5 años se le descubren otros bienes al deudor.



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