
07 Jun ¿Me pueden embargar mi sueldo por una deuda? (Actualizado 2023)
Si te preocupa que te puedan embargar tu sueldo por tener deudas, haces bien, porque es bastante probable que ocurra. Si te encuentras en situación de sobre endeudamiento y no puedes hacer frente a tus deudas, es muy posible que tus acreedores te embarguen la nómina para obligarte a pagar esas deudas.
Seguro que ahora tienes muchas preguntas al respecto, y probablemente también muchas preocupaciones. Por ejemplo, querrás saber cuánto te pueden embargar o cómo de alta debe ser tu deuda para que lo hagan. Tranquilo, porque en este artículo vamos a contarte todas las claves para que estés perfectamente informado al respecto.
¿Cuánto dinero tienes que deber para que te embarguen?
Empecemos por lo principal: ¿Cuánto tienes que deber para que te puedan embargar? Por que claro, no debería ser lo mismo una deuda que otra… ¿verdad? Pues, lamentablemente, eso no importa. La respuesta es que te pueden embargar ¡por cualquier cantidad, no importa cuánto debas!
La ley no establece un mínimo para que una persona o empresa pueda ser embargada o se le pueda solicitar un embargo como mecanismo de pago de una deuda por incumplimiento del pago de la misma. Lo único que nuestro acreedor necesita es demostrar ante un juez que poseemos esa deuda con él y que no se está pagando, y el juez será quién solicite el embargo de nuestra nómina para hacer frente a dicho pago. No importa si debemos 500€ o 500.000€.
Así que cuanto antes podamos librarnos de esa deuda, mucho mejor, claro.
¿Qué deudas se pueden embargar?
Cómo ya te hemos dicho, no hay un importe mínimo para sufrir un embargo debido a tener contraída una deuda. Esa es la mala noticia. La buena noticia es que, cuanto menor sea nuestra deuda, menor será la posibilidad de sufrir un embargo, porque es bastante posible que a nuestro acreedor le cuesten más los costes del procedimiento de lo que nuestra deuda le reportará. En ese sentido, si tenemos una deuda pequeña, podemos estar relativamente tranquilos.
Pero… ¿Qué ocurre con las deudas con intereses abusivos, por ejemplo, con bancos o servicios de préstamo? Que la deuda irá creciendo por sí sola y bien puede llegar el día en que esta se haga rentable de cobrar mediante embargos para nuestros acreedores, de manera que, cuanto antes podamos eliminarla, mejor.
¿Cuánto me pueden embargar de la nómina por una deuda?

Dependiendo de nuestra nómina, podrán embargarnos más o menos cantidad
Es probable que a estas alturas temas por si te pueden embargar todo tu sueldo o solo una parte del mismo, y es que, si te embargan buena parte, o incluso toda, va a resultar difícil poder llevar una vida digna y hacer frente a tus gastos, facturas y cargas.
Pero no tengas miedo, porque la ley te protege de embargos según tu nivel de ingresos, de cargas familiares o el origen de la deuda. Incluso existe una cantidad mínima que jamás te podrán embargar, suficiente para que tu familia, entendida esta como tu unidad familiar, pueda llegar a final de mes.
En otras palabras, nunca vas a sufrir un embargo total de tu nómina, por lo que puedes estar tranquilo en ese sentido. Siempre va a quedarte algo para poder subsistir, pero esto dependerá de tu situación, personas a tu cargo, etc.
¿Qué cantidad no te pueden embargar?
Actualmente, en 2023, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es de 1.080€ al mes en 14 pagas. Es decir, de 15.120€ al año, incluyendo las deducciones obligatorias. Y la ley se rige por este para determinar cuanto del salario te pueden embargar.
Así, la Ley de Enjuiciamiento Civil determina que no pueden embargarte el sueldo, la pensión, la retribución o su equivalente, siempre que no exceda del Salario Mínimo Interprofesional.
De esta manera, aunque te embarguen, siempre podrás contar con 1.080€ al mes, es decir, con la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional, que podría verse alterado según el SMI que esté vigente en ese momento. O incluso podrás contar con todo tu salario o pensión integra, por completo, si este es menor que el Salario Mínimo Interprofesional.
Por tanto, una nómina inferior al Salario Mínimo Interprofesional se considera inembargable.
¿Qué porcentaje de mi sueldo me pueden embargar?
Existe una escala que determina el porcentaje de tu nómina que nos pueden embargar por tener deudas, y que se basa en lo alto que sea nuestro salario para así determinar cuanto pueden embargarnos sin dejarnos en una situación en la que sea imposible vivir dignamente.
Esta escala es:
- Si cobramos menos del SMI (1.080€), no nos embargarán nada.
- Para salarios entre 1.080€ y 2.160€ al mes, nos embargarán el 30% del tramo.
- Para salarios entre 2.160€ y 3.240€ al mes, nos embargarán el 50% del tramo.
- Para salarios entre 3.240€ y 4.320€ al mes, nos embargarán el 60% del tramo.
- Para salarios entre 4.320€ y 5.400€ al mes, nos embargarán el 75% del tramo.
- Para salarios superiores a los 5.400€ al mes, nos embargarán el 90% del tramo.
Hay que tener en cuenta que, como ya se ha dicho, nunca podrán embargarnos el Salario Mínimo Interprofesional y que, por tanto, los primeros 1.080€ son inembargables. Si nuestra nómina supera esa cifra, se aplicará el embargo al tramo que supera el Salario Mínimo Interprofesional.
Por ejemplo, si nuestra nómina es de 1.300€, los primeros 1.080€ son inembargables, son el SMI y siempre podremos contar con ellos. De los 220€ restantes, nos pueden embargar el 30%, es decir, 66€. Por tanto, de nuestra nómina de 1.300€ nos quedarían 1.244€ tras los embargos.
¿Me pueden embargar si tengo cargas familiares?

Es posible que suframos embargos incluso con familiares a nuestro cargo
La respuesta corta es sí, pueden embargarnos, aunque tengamos cargas familiares. La respuesta larga es que, aunque pueden, el porcentaje de lo que pueden quitarnos se reduce bastante.
Así, si tenemos un salario que no supera el SMI multiplicado por 5, y contamos con cargas familiares que podamos demostrar, podremos acogernos a una rebaja del porcentaje que nos embargarían de entre un 10% y un 15%.
El problema es que esto apenas será un gran alivio para nuestra situación económica, y nos llevará más tiempo saldar nuestra deuda. Y si nuestra deuda se debe a unos intereses muy altos, no pararemos de pagarlos ya que nuestra deuda seguirá creciendo por tomarnos más tiempo para pagarla. Lo mejor siempre va a ser o pagarla de golpe o cancelarla de golpe.
¿Cómo puedo evitar que me embarguen?
Si crees que pueden embargarte, no te preocupes, porque tienes herramientas a tu disposición para evitarlo con un buen equipo jurídico a tu lado. Puedes renegociar tu deuda para tener unas nuevas cuotas más asequibles. Otra opción es lograr una cancelación parcial de la deuda, y un plan de pagos para liquidar el resto según tu capacidad financiera.
Pero, sin duda, tu mejor opción es eliminar toda tu deuda para poder empezar de nuevo y no tener que preocuparte por embargos, porcentajes o rebajas. Solo por volver a vivir feliz. Suena bien, ¿verdad? ¡Pues espera porque mejora!
Para empezar, recuerda que no necesitas ir a juicio para cancelar tu deuda, y que los acreedores no pueden impedir de ninguna forma que lo hagas. No te preocupes porque no hay costes del juicio que pagar, y es muy difícil que revoquen tu cancelación de deuda, ni vas a perder ningún juicio. Todo es bueno para ti.
Pero es que, con solo acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad, podrás paralizar y evitar los embargos que haya sobre tu nómina. Desde el mismo momento en que el juzgado admite tu demanda para acogerte a esta ley, los acreedores no pueden solicitar nuevos embargos sobre tu nómina, y los que estén activos se paralizan. ¡Y tampoco pueden empezar nuevos requerimientos de pagos o juicios! Estarás totalmente protegido durante todo el procedimiento.
Contáctanos al 900 877 827 si quieres más información para ti o algún amigo o familiar y te daremos asesoramiento gratuito y sin compromiso, buscando la mejor solución para tu caso, para que puedas cancelar toda tu deuda de la forma más rápida, segura y eficaz.
Una nueva vida sin deudas está a tu alcance.